miércoles, 17 de febrero de 2021

Covid-19: Desenmascarados en pleno martes de Carnaval

 Comentábamos aquí la pasada semana que la huida hacia adelante del presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, al adelantar por su cuenta y riesgo a las ocho de la tarde el toque de queda en Castilla y León, desafiando con ello el decreto que regula el estado de alarma, solo podía acabar de dos formas: en el hule (como se conoce en la jerga taurina a la enfermería) o saliendo por la puerta grande. Y por desgracia para él, el Tribunal Supremo lo ha enviado aparatosamente al hule.

 El auto dictado ayer por la Sala Cuarta de lo Contencioso-Administrativo suspendiendo ese adelanto del toque de queda constituye algo más que un simple revolcón para el presidente Mañueco, que fue quien personalmente asumió el pasado 15 de enero esa decisión actuando en su condición de “Autoridad Delegada para el estado de alarma”, ello desoyendo al gobierno de la nación, que le advirtió de que dicha medida conculcaba la normativa en vigor.

Igea y Mañueco en el banco azul de las Cortes
Aunque la Sala se ha limitado de momento a suspender cautelarmente la medida, posponiendo para más adelante su pronunciamiento sobre el fondo del asunto, los razonamientos jurídicos con los que motiva su resolución no dejan lugar a dudas sobre el sentido de su posterior fallo. “Consideramos -dice literalmente el auto- que la argumentación de la Junta de Castilla y León para sostener que dispone de la facultad de agravar la restricción de la libertad de circulación es, in icto oculi, esto es, de un vistazo, contraria a la predeterminación que viene impuesta por la Constitución y la Ley Orgánica 4/1981, de estados de alarma excepción y sitio", ya que "todo el alcance de la limitación de los derechos fundamentales afectados por el estado de alarma debe estar expresamente previsto en dicha norma".

El auto afirma que los límites máximos y mínimos dentro de los que los gobiernos autonómicos pueden adelantar y atrasar las horas de inicio y finalización del toque de queda están delimitados “con toda precisión” en el decreto de estado de alarma, “debiendo situarse entre las 22.00 y las 00.00 horas el de inicio, y entre las 5.00 horas y las 7.00 horas el de finalización”. “El rango horario es claro y preciso y, desde luego, la interpretación que sostiene la Junta de Castilla y León respecto a [...] la asimilación del significado del verbo “modular” a la acción de “agravar”, está muy lejos de ser evidente”, considera la Sala. “Es más -añade- ni tan siquiera la propia norma del estado de alarma, el R.D. 926/2020, estaría habilitada para introducir semejante indeterminación en el marco de restricción máxima de la libertad de circulación”.

 Un auto demoledor para un presidente reincidente .- La resolución judicial resulta demoledora y desmonta por completo la argumentación jurídica (?) de la Junta, desde la socorrida justificación de que se trataba por encima de todo de “salvar vidas”, a la competencia que se autoatribuyó Fernández Mañueco para adoptar dicha medida: "La protección de la salud y seguridad de los ciudadanos es la finalidad común de las dos Administraciones, pero las medidas que puedan adoptarse deben respetar, entre otros límites, los derechos fundamentales garantizados en la Constitución" y "el Presidente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en tanto autoridad delegada del estado de alarma, no ostenta, con la suficiente nitidez, la competencia necesaria".

 González Gago, director de los Servicios Jurídicos de la Junta
  Consecuentemente con dichos razonamientos -que, como se ha visto, en realidad entran casi a saco en el fondo del asunto- el auto procede a suspender cautelarmente el adelanto del toque de queda, estimando que el mismo "restringe la libertad fundamental de circulación por el territorio". Y remacha que no adoptar esta medida cautelar "sería absolutamente irreparable”.

 Si no fuera por la gran desfachatez política que conlleva, ver salir a un balbuceante Mañueco, asegurando, como lo hizo en la tarde de ayer, que la Junta no se siente desautorizada por un pronunciamiento judicial de la rotundidad del adoptado por el Supremo, solo se entendería conociendo las muchas dificultades con las que consiguió finalizar su Licenciatura en Derecho. Con el agravante de su reincidencia en la conculcación de derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución Española. 

Hace al caso recordar al respecto que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ya tumbó el toque de queda que la Junta declaró igualmente por las bravas el pasado 24 de octubre, fecha en la que ni siquiera estaba declarado el estado de alarma nacional. Como consecuencia de ello, la Junta tuvo que comerse las 276 denuncias formuladas a causa de una medida anulada judicialmente; ahora, se verá obligada a archivar los cerca de 800 expedientes sancionadores instruidos en aplicación de otra medida no ajustada a Derecho. Y súmese a lo anterior que el TSJ tumbó asimismo en noviembre el acuerdo de prohibir las visitas a las residencias de ancianos y a los residentes salir de sus centros, medidas que el tribunal consideró equivalentes a un “confinamiento domiciliario” que restringía injustificadamente derechos fundamentales (libre circulación y reunión) de los afectados.

 Con semejante mochila a sus espaldas, es de suponer que el máximo responsable de los Servicios Jurídicos de la Junta, Luis Miguel González Gago, habrá presentado a estas horas su dimisión como alto cargo que es, renuncia que, puede estar tranquilo, no le será aceptada. Su bochornoso servilismo político -no se olvide que es a la sazón el secretario provincial del PP de Valladolid- ha sometido a un espantoso ridículo al cuerpo de letrados de la Administración Autonómica (la ocurrencia del ocaso, que no dudó en suscribir el inefable vicepresidente Igea, ha sido, nunca mejor dicho, de auténtica aurora boreal). Unos Servicios Jurídicos que ahora pueden verse colapsados por la avalancha de demandas legales en reclamación de lucro cesante que los sectores más directamente damnificados por el atropello (Hostelería y Comercio) se disponen a presentar ante los Tribunales.

Una medida, además de ilegal, completamente inútil.- Y como marcaba el guión, a falta de otros argumentos, Mañueco y sus adláteres se han refugiado en el mantra de que el adelanto del toque de queda ha contribuido a contener la vertiginosa expansión del virus, afirmación rigurosamente falsa a la luz de la evolución epidemiológica registrada durante el mes en el que ha estado vigente la medida. 

Verónica Casado, consejera de Sanidad

Actualicemos datos. El 15 de enero, víspera de su entrada en vigor, Castilla y León era la sexta comunidad autónoma con mayor tasa de Incidencia Acumulada (IA), 696 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, tasa por encima de la media nacional, situada entonces en 575 casos. A fecha de ayer, último dato conocido, la tasa regional ha descendido a 465 (tercer puesto, tras Madrid y Valencia) y la nacional a 385, con un descenso en ambos casos del 33 por ciento. La diferencia es que el adelanto del toque de queda no impidió que la IA se disparara en Castilla y León hasta los 1.417 casos registrados el 28 de enero, en tanto que la nacional nunca llegó a alcanzar el millar. Y excepto en Madrid, coto sometido a los dislates de Ayuso, las cinco comunidades que el 15 de enero presentaban peor situación epidemiológica han reducido su tasa en mayor proporción que Castilla y León. Extremadura ha pasado de 1.220 a 211(-82%), Murcia de 889 a 261 (-71%), Castilla-La Mancha de 780 a 367 (-53%), La Rioja de 738 a 379 (-48%) y Valencia de 760 a 470 (-38%).

 Pero lejos de asumir cualquier responsabilidad ante un varapalo judicial que constituye la guinda a su calamitosa gestión sobre la pandemia, el gobierno Mañueco reaccionó ayer prosiguiendo su huida hacia adelante (mejor habría que decir hacia ninguna parte) imponiendo a partir de hoy el cierre de la hostelería y del comercio no esencial a partir de las ocho de la tarde, un parche improvisado que incluso puede tener el contraproducente  efecto de estimular el botellón en el lapso horario hasta las 10 de la noche, hora en la que se restablece de nuevo el inicio del toque de queda.

 La mascarada invernal improvisada por el nefando tándem Mañueco-Igea a mediados de enero ha concluido un martes de carnaval en el que a ambos se les ha caído la careta, dejando al descubierto el rostro de cemento armado que han demostrado tener desde el mismo instante en que, en aplicación del “pacto de la rapiña” perpetrado por PP y Ciudadanos, se apesebraron en el Colegio de la Asunción. De donde no tienen la menor intención de moverse por más que les sigan cayendo chuzos de punta y la oposición se desgañite exigiendo la dimisión de quienes consideran que "dimitir" es un nombre de pila ruso.

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